El Consell modifica los estatutos de la Sociedad Valenciana de Gestión Integral de Servicios de Emergencias

05/03/2021

- El cambio en los estatutos supone la modificación del objeto social de la empresa


El Pleno del Consell ha aprobado la modificación parcial de los estatutos de creación de la Sociedad Valenciana de Gestión Integral de Servicios de Emergencias (SGISE) para modificar el objeto social de la empresa.

Esta modificación afecta al artículo 2 de los estatutos, que, en su apartado 1, queda redactado de la siguiente manera:

"La sociedad tendrá por objeto el ejercicio de las actuaciones necesarias para la prestación del servicio público esencial de bomberos forestales, así como los servicios de protección civil y gestión de emergencias a través de cualesquiera medios personales y materiales, bajo la planificación, control, supervisión y coordinación de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias o el órgano u organismo público con competencias en materia de respuesta a las emergencias y sin que pueda disponer de facultades que impliquen el ejercicio de potestades administrativas; todo ello en los términos previstos por Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de protección civil y gestión de emergencias y normativa de desarrollo."

Entre estas actuaciones se encuentra la gestión de recursos humanos y materiales y de las necesidades logísticas necesarias y la gestión de los contratos e instrumentos para los estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación, derivadas de las necesidades logísticas, así como el ejercicio de aquellas actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores.

El Consell también ha ratificado el acuerdo del Consejo de Administración de la SGISE de modificación del artículo 9 de sus estatutos, que establece en su punto 3 que la Secretaría de este Consejo "será ejercida por un funcionario o funcionaria grupo A1 de administración general de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, designada por la Presidencia del Consejo de Administración, que asistirá a la reunión del Consejo con voz pero sin voto".