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Trámites para la nacionalidad

Nacionalidad por Residencia

Documentación necesaria para solicitar la nacionalidad española por residencia (solo para mayores de 18 años de edad)

  • Instancia que deberá presentarse cumplimentada con letra mayúscula y clara, junto con la documentación relacionada y debidamente firmada por el interesado.
  • Fotocopia del permiso de residencia del interesado/a en un folio sin recortar. Y cuando proceda, fotocopia del D.N.I. del cónyuge (si es español/a) o del Permiso de residencia (si no es de nacionalidad española)
  • Fotocopia de todas las hojas del pasaporte, tanto de las selladas como las que estén en blanco, debiendo presentar su original.
  • Certificado de empadronamiento municipal del interesado, expedido por el Ayuntamiento competente. Ha de ser histórico y caduca a los tres meses. Asimismo, se deberá aportar el certificado conjunto o de convivencia en que conste también empadronado el cónyuge, si es casado con español/a
  • Certificado literal de nacimiento del solicitante – y de los hijos menores – expedido por el Registro Civil del lugar de nacimiento (debidamente legalizado por el Consulado o Embajada de España en el país de origen y del Ministerio de Asuntos Exteriores de Madrid; o apostillado, cuando esté expedido en el extranjero y, en su caso, traducción. CADUCA a los DOS años si es Registro extranjero y a los SEIS meses si es Registro español.
  • Certificado de antecedentes penales del páis de origen, legalizado o apostillado. CADUCA el día indicado en el mismo, y si no consta la fecha de caducidad, caducará a los seis  meses desde la fecha de su expedición. Y / o certificado de buena conducta, donde conste no estar reclamado/a por las autoridades del país de origen.
  • Justificante de medios de vida de que se dispone para residir en España:
    • Informe de vida laboral (Caduca a los 3 meses); contrato de trabajo o certificación del empleador y 3 últimas nóminas. También puede aportar las del/la esposo/a, en su caso.
    • De ser autónomo, vida laboral, licencia fiscal, alta en la Seguridad Social, declaración trimestral del I.V.A., retención a cuenta del I.R.P.F., etc…
    • En el supuesto de que el interesado sea estudiante, deberá presentar, en su caso, justificante de medios de vida de la familia que conviva con él en la vivienda y, además, Certificado del Centro donde cursa sus estudios.
  • Solo en el supuesto de ser casado/a con español/a: Certificado literal de nacimiento del cónyuge y literal de matrimonio, expedidos por Registro Civil español. caduca a los seis meses si es Registro español.
  • Solo en el supuesto de ser viudo/a de español/a: Certificado literal de nacimiento del cónyuge y literal de matrimonio expedidos por Registro Civil español. caduca a los seis meses. Asimismo, Certificado literal de defunción del cónyuge español y certificado de empadronamiento conjunto o de convivencia a fecha del fallecimiento de cónyuge.
    • En caso de que el/la solicitante ostente doble nacionalidad, deberá aportar la documentación (certificados de nacimiento, penales y, en su caso, pasaporte si lo tuviere) de ambos países
  • En el supuesto de estar casado el/la solicitante (bien con español/a o extranjero/a) deberá obligatoriamente comparecer ante el Registro Civil acompañado de su cónyuge.

Otras formas de obtener la nacionalidad

Los requisitos, así como la documentación necesaria para la obtención o recuperación de la nacionalidad española en caso distinto a la residencia, es compleja, por ello es conveniente que los interesados acudan personalmente a las oficinas del Registro Civil.